Información adicional
Duración del certificado
1 año
30€
2 años
57€ (5% Dto.)
3 años
81€ (10% Dto.)
4 años
102€ (15% Dto.)
5 años
120€ (20% Dto.)
Tiempo de emisión
48 horas
+0€
24 horas
+10€
6 horas (rápido)
+20€
1 hora
+30€
Asistencia técnica
No
+0€
Si
+15€
Certificado digital de representante legal de entidades con personalidad jurídica. Tales como:
  • Las sociedades que tengan como administrador único/solidario a otra sociedad.
  • A y B: Las sociedades anónimas y limitadas, si el representante de la sociedad es mancomunado, apoderado, socio único, presidente, consejero, consejero delegado solidario, administrador conjunto, liquidador, etc..., y tiene poderes específicos de representación que le permitan obtener este tipo de certificado.
  • C: Sociedades colectivas.
  • D: Sociedades comanditarias.
  • F: Sociedades cooperativas.
  • G: Asociaciones L.O. 1/2002, fundaciones, partido político, sindicato, asociación de consumidores y usuarios, organización empresarial, federación deportiva, otras asociaciones distintas de las anteriores con personalidad jurídica. Otras asociaciones.
  • J: Sociedades civiles.
  • N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica.
  • Q: Organismos públicos.
  • R: Congregaciones e instituciones religiosas.
  • S: Gobiernos de las CC.AA.
  • P: Ayuntamientos o diputaciones.
  • V: Sociedad agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico, etc...
Para facilitar la tramitación del certificado digital a nuestros clientes, nuestros técnicos realizarán la consulta al Registro Mercantil para comprobar el cargo de la persona solicitante del certificado. En aquellos casos, que la consulta al Registro Mercantil no facilite la información suficiente para la emisión del certificado, se le requerirá la documentación acreditativa de apoderamiento como representante legal de la entidad jurídica.

Elige la duración del certificado digital, cuando quieres recibir el certificado y si necesitas asistencia técnica para la instalación.

Certificado digital de representante legal de entidades con personalidad jurídica. Tales como:

  • Las sociedades que tengan como administrador único/solidario a otra sociedad.
  • A y B: Las sociedades anónimas y limitadas, si el representante de la sociedad es mancomunado, apoderado, socio único, presidente, consejero, consejero delegado solidario, administrador conjunto, liquidador, etc…, y tiene poderes específicos de representación que le permitan obtener este tipo de certificado.
  • C: Sociedades colectivas.
  • D: Sociedades comanditarias.
  • F: Sociedades cooperativas.
  • G: Asociaciones L.O. 1/2002, fundaciones, partido político, sindicato, asociación de consumidores y usuarios, organización empresarial, federación deportiva, otras asociaciones distintas de las anteriores con personalidad jurídica. Otras asociaciones.
  • J: Sociedades civiles.
  • N: Entidades extranjeras con personalidad jurídica.
  • Q: Organismos públicos.
  • R: Congregaciones e instituciones religiosas.
  • S: Gobiernos de las CC.AA.
  • P: Ayuntamientos o diputaciones.
  • V: Sociedad agraria en transformación, agrupación de interés económico, agrupación europea de interés económico, etc…

Para facilitar la tramitación del certificado digital a nuestros clientes, nuestros técnicos realizarán la consulta al Registro Mercantil para comprobar el cargo de la persona solicitante del certificado.

En aquellos casos, que la consulta al Registro Mercantil no facilite la información suficiente para la emisión del certificado, se le requerirá la documentación acreditativa de apoderamiento como representante legal de la entidad jurídica.